Camerún con una superficie de 475440 kilómetros cuadrados, se caracteriza también como África en miniatura. Este nombre fue atribuido por los portugueses que se consideran los primeros a llegar a la costa, pero la malaria impidió la exploración del interior. El explorador Fernando Pô fue tan impresionado por la cantidad de camarones que descubrió el wouri que le bautizo “Rio dos Camaroes”.
La independencia
El Camerún francés adquiere su independencia el 1er de Enero 1960 y se vuelve República de Camerún. En las Naciones Unidas, un plebiscito fue llevado a cabo el 11 de Febrero 1961, al término del cual el Camerún ingles Norte principalmente musulmán escogió permanecer como parte de Nigeria, y la parte Sur se reunió a la República de Camerún; juntos, forman oficialmente la República Federal de Camerún. El primer presidente fue Ahmadou Ahidjo, un musulmán del Norte, primer ministro desde 1958.
Cuando el país accedió en 1960 a la independencia, se dotó de una constitución que consagraba el pluralismo político. Debido a tenciones con el partido de la oposición, UPC, el presidente acaba por instaurar seis años mas tarde un régimen de partido único en el ex Camerún francés, mientras que la parte inglesa se queda en el multipartismo hasta 1972. El gobierno en su lucha contra la UPC firma unos acuerdos de defensa con Francia. Desgraciadamente, a lo largo de la guerra civil, hubo un monto de crímenes durante este periodo; se hace estado de más de cuatrocientos miles de muertos.
En el año 1972, el país toma la denominación de United Republic of Cameroon.
LAS FUENTES DEL DERECHO CAMERUNÉS
Como en la mayoría de los países, la construcción del derecho se base en diversas fuentes, que manifiesta a la vez su legitimidad y particularidad.
La constitución
Es la norma fundamental del Estado en el cual se legitima primero su existencia. La actual constitución es la de 1996, se compone de 69 artículos y de un preámbulo que consagra los principios y derechos fundamentales de los ciudadanos. La dicha constitución define la forma del Estado, y de manera general la política relativa a la economía, a los poderes.
Pero la supremacía de la constitución de 1996 esta sujeta a contradicciones en el ámbito doctrinal. Los artículos 44 a 46 relativos a loas tratados internacionales, prevé que se puede modificar las disposiciones constitucionales respeto a una norma internacional. Eso ocurre cuando una norma interna esta en contradicción. Pero pensamos que el Estado debería aprovechar de su facultad de revisión o de rechazo cuando una norma internacional no cumple con objetivos. Por lo menos será cuestión de mantener constitución y norma internacional al mismo nivel jerárquicamente hablando.
Las leyes
En el sistema en cual estamos, la constitución distingue dos facultades en este ámbito.
Esta misión ha sido complementada por el poder gubernamental para dictar reglamentos en aplicación de la legislación. Esta facultad pertenece tan al presidente de la república, que a los miembros de gobierno encardo de misiones que requieren su intervención legislativa. La intervención gubernamental esta prevista en dos ocasiones en la constitución. La primera, el artículo 27 establece que las cuestiones que no están reservadas al poder legislativo, se resolverá bajo la jurisdicción de la autoridad facultada para dictar normas y reglamentos. Esto tiene el efecto de dar al gobierno el derecho de promulgar en su propio derecho por medio de reglamentos. En cuanto al artículo 28 de la misma constitución, otorga el mismo poder al presidente de la república. Este último puede tomar de ordenanzas por un periodo limitado y para determinadas fines. Para ser validas, deben ser presentadas ante la Asamblea Nacional, y el Senado para fines de ratificación en el plazo previsto por la ley de habilitación.
Los usos y costumbres
Antes de la llegada de los colones, estaban en vigor las leyes locales o sea tradicionales, al mismo tiempo las leyes musulmanas quienes llegaron por el Norte, y fue considerado como parte integrante del derecho consuetudinario. Sin embargo, no todas las costumbres fueron reconocidas como constituyendo parte de este orden de derecho. De hecho en la parte de habla ingles, el articulo 27 del tribunal superior dice que el reconocimiento y la ejecución del derecho consuetudinario esta condicionada por la equidad, la justicia natural, y la buena conciencia.
Aunque en la parte Sur este orden suele perder terreno, en la parte septentrional las leyes islámicas todavía desempeña un papel importante en la regulación de la vida de la población rural.
La doctrina
La doctrina ha sido nutrida por varios autores en el ámbito jurídico.
Si bien, la leyes promulgadas por el parlamento europeo y algunas legislaciones subsidiarias fueron publicadas en elboletín de república de Camerún, por la Imprenta Nacional. El sistema de informes es prácticamente ineficiente, ya que desde los años 1960 una serie de esfuerzos se han iniciados pero abandonados tras un corto plazo. Por ejemplo el boletín de la corte suprema apareció solo esporádicamente. También la west cameroon law reports dejo de publicarse después de solo tres volumen.
Pero desde 1990 existe la lex lata y la revue de legislation et jurisprudence camerounaise.
La jurisprudencia
A diferencia de la legislación, el papel de la jurisprudencia como una fuente de derecho en este país Camerún depende de si uno está en la parte de habla Inglés, o en las provincias francesas del país.
El ordenamiento jurídico aplicado en las provincias de habla
Ingles se basa en los precedentes judiciales diferente a la forma en que el derecho civil francés se desempeña en la materia. El derecho ingles es vinculante de los precedentes ostare decisis principio en virtud del cual la jurisprudencia es una fuente importante de la ley. Eso fue recibido en las provincias de habla inglesa como parte de la recepción general del comon law. Su funcionamiento real para hacer un precedente judicial efectiva fuente de derecho camerunés es, sin embargo, sujeto a la complejidad de la organización judicial de los tribunales en el país.
Para las dos provincias de habla inglesa, la doctrina del precedente opera en el sentido de que los precedentes establecidos dentro de cada provincia constituyen vinculante autoridad dentro de esas provincias. Sin embargo, la jurisprudencia es vinculante como una fuente de derecho en esa parte del país, pero desempeña un papel bastante limitado a causa de la “provincialización” del sistema.
En general, la actitud hacia la jurisprudencia de habla francesa en Camerún es diferente. Los precedentes judiciales no se consideran como una fuente primaria de derecho. Sin embargo, los precedentes, especialmente de los tribunales superiores, aunque no estrictamente vinculantes, son de gran valor persuasivo en los tribunales de habla francés.
LA ESTRUCTURA JURÍDICA- POLÍTICA
Desde 1972 el país ha tenido un fuerte sistema centralizado en el ejecutivo dominado por el presidente. Pero con la revisión constitucional de 1996 el país se abre a la democracia; se reafirma al mismo tiempo la independencia de los tres poderes estatales.
El poder ejecutivo
Está partido entre el Presidente de la República, quien es el jefe del Estado, y el Primer ministro, jefe del gobierno.
El Presidente de la República
Como dicho, es el jefe del Estado, elegido por la Nación entera. Es quien representa la unidad nacional, define la política general del país, vela al respeto de la constitución. También por un poder arbitral que tiene, se asegura del funcionamiento regular de los poderes públicos.
Esta elegido al sufragio universal directo, igual y secreto, a la mayoría de los sufragios exprimidos. Su mandato es de siete años y se puede renovar una vez. El interino esta asegurado por el presidente del Senado, y en caso de no poder, por su sustituto. Este presidente por interino no podría modificar la constitución, ni la composición del gobierno, ni hacer uso del referéndum; tampoco, no podría ser candidato a la siguiente elección. Para ser elegible, uno debe ser ciudadano camerunés de origen, gozar de sus derechos cívicos y políticos, y tener treinta y cinco años a la fecha de elección. Esta función es incompatible con toda otra pública electiva; toma función a partir de su prestación de juramento; eso es, ante el pueblo, en presencia de los miembros del parlamento, del consejo constitucional, de la suprema corte; y recibido por el presidente de la Asamblea Nacional. El presidente de la república nombre al primer ministro, y bajo proposición de este último a los demás ministros.
El primer ministro
Es el jefe del gobierno y dirige su acción. El cual gobierno esta a cargo de la aplicación de la política de la nación tal definida por el presidente de la república. Se carga de la ejecución de las leyes, al mismo tiempo que nombra a empleos civiles, bajo reserva de las prerrogativas reconocidas al Presidente en ese ámbito.
Esta función es incompatible con el ejercicio de todo mandato parlamentario, la presidencia de un ejecutivo, o de una asamblea de una colectividad territorial, y toda función de representación profesional.
El poder legislativo
El poder legislativo esta sentado en un parlamento bicameral. Su misión es de legislar y controlar la acción del gobierno. Uno no puede formar parte de las dos cámaras al mismo tiempo.
La asamblea nacional
Esta compuesta de ciento ochenta diputados, elegidos al sufragio universal directo y secreto, por un plazo de cinco años. El número de diputado puede ser modificado por la ley, y todo mandato imperativo queda de nulo efecto.
Al inicio de cada legislatura, la Asamblea se reúne de pleno derecho, y durante el año, en tres sesiones ordinarias de treinta días cada una: en sesiones extraordinarias de quince días máximum por asuntos determinados y a la solicitud del Presidente de la República, o de un tercero de los diputados. Ella misma fija las reglas de organización y de funcionamiento en forma de ley de reglamento interior. La Asamblea adopta las leyes a la mayoría simple de los diputados; reexamina en conformidad al artículo 30 las proposiciones del senado. Antes de su promulgación, el Presidente de la República puede pedir una segunda lectura, y en el caso de que ocurre están adoptadas la mayoría absoluta de los diputados.
El senado
La cámara de senadores representa a las colectividades territoriales descentralizadas. Cada región[esta representadas por diez senadores, entres los cuales siete por sufragio universal indirecto en su base regional, y tres nombrados por el Presidente de la República. Los candidatos deben de tener al mínimo cuarenta años a la fecha de elección o de nominación; su mandato es de cinco años. Sus sesiones son publicas, y como la Asamblea Nacional, tiene lugar tres veces al año en sesiones ordinarias de treinta días cada una, y según la urgencia o la importancia del asunto en sesiones extraordinarias de quince días. El sanado adopta leyes a la mayoría simple de sus miembros. Dentro del desarrollo de sus funciones, puede emendar o rechazar todo o partes de textos sometidos a su examen.
Dicho senado solo tiene existencia textual en la constitución de 1996 en su capitulo dos. Pero viendo la evolución y el deseo cada vez mas grande de construir un país efectivamente democrático, esta institución ya no tardara mucho tiempo.
El poder judicial
Un verdadero poder judicial se afirmara en la revisión constitucional del 18 de Enero 1996. Según el artículo 37, este poder se ejerce por la Suprema Corte, las Cortes de Apelación, y los diversos tribunales.
Como ya vimos anteriormente, la organización judicial camerunesa resulta ser de gran particularismo. Su originalidad se debe de un lado a la coexistencia de un derecho civil y comon law, parte de la herencia de la colonización franco-británica; y de otro lado, la coexistencia en un mismo orden de derecho, de las costumbres y del derecho escrito.
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