FAMILIA NEORROMANICA




Es la familia mas antigua, tiene sus fundamento en las XII
tablas, como compilación del derecho consuetudinario en vigor de esa época; uno de los objetivos de estas tablas era establecer con precisión los procedimientos así como la organización de la familia romana

Esta fundada por aquellos sistemas contemporáneos estructurados con fundamento en el derecho romano a esta familia también se le conoce como romano-canónica o civil law o germánica. La característica mas importante es su preocupación por la justicia y los valores de la moral, los cuales siempre están  implícitos en sus normas.

Para un mejor estudio se tiene que hablar de los periodos del derecho romano, los cuales son cinco; el derecho arcaico, el derecho pre-clásico, el derecho clásico  el derecho pos-clásico y el derecho justinianeo.

  • Derecho arcaico: desde la fundación de Roma hasta la promulgación de las doce tablas en el 449 a.C. Su derecho era formal, solemne, oral, nacionalista, privativo de la familia o gen. La fuente del derecho era la costumbre "mores maiorum".
  • Derecho pre-clasico: del 449 hasta el final de la república, 27 d.C. La costumbre como fuente formal,interpretatio que consistió en la actualización de los preceptos con la finalidad de poner orden en el derecho privado.
  • Derecho clasico: 27 d.C. hasta el imperio de Alejandro Severo en el 235 d.C. Los pontífices dejan de tener el monopolio jurídico. a las fuentes de derecho se suman las decisiones judiciales emitidas por los jueces.
  • Derecho pos-clasico: Desde la muerte de Alejandro Severo en el 235 d.C. hasta el 527 d.C. Caracterizado por la falta de organización entre las normas nuevas y las anteriores. Imperio socialista. Tetrarquia.
  • Derecho Justinianeo: 527 d.C. hasta 565 d.C. Codificacion del derecho romano. La obra más importante de esta etapa es el Corpus Iuris Civilis.

CARACTERÍSTICA GENERAL

Tienen como base y como origen el Derecho Romano, además tienen como elementos comunes:

a) Las fuentes del derecho
b) La finalidad de la norma jurídica
c) La codificación del derecho
d) El proceso de creación de la norma
e) La clasificación del derecho y la función judicial 

Es la marcada preocupación en los valores de justicia y moral que denota el contenido de sus normas jurídicas.
Esta familia es considerada la más antigua de las actualmente existentes, pues su origen se remonta a la creación de las Doce Tablas en Roma, a mediados del siglo V a.C.

su característica mas evidente es la marcada preocupación en los valores de justicia y moral que denota el contenido de sus normas jurídicas  la determinación de las cuales es la tarea fundamental de la ciencia del derecho, especialmente aquellas que ordenaban las relaciones entre los ciudadanos y que en su conjunto conocemos como derecho civil.

Clasificación

a) Sistema europeo-continental, cuya antigüedad, aportaciones e influencia los sitúan como el grupo típico y dominante en la tradición neorromanica.

b) Sistemas latinoamericanos, que por su pasado colonial ibérico recibieron la herencia románica desde finales del siglo, XV, la cual ha sido afectada por las costumbres indígenas y la influencia del derecho de Estados Unidos.

c) Sistemas escandinavos, receptores de la tradición románica durante la Edad Media, conservaron en gran medida, sin embargo, elementos del derecho germánico primitivo, (vikingo)

d) Sistemas latino-africanos,  marcados por una fuerte influencia cultural europeo-continental derivada de su pasado colonial, aunada a la pervivencia de gran variedad de costumbres tribales nativas


Roma


La Monarquía: en esta existió un poder absoluto (Costumbre y rigidez).

*La República  en esta etapa surge lo que es el senado y las principales fuentes del derecho en esta etapa  fueron los edictos, la jurisprudencia y los jurisconsultos

* El Imperio: en esta etapa se crean las constituciones imperiales. 

La recompilación justinianea se denomino Corpus Iuris Civilis y se divide en cuatro partes:

*Digesto o Pandectas: es una compilación de textos de jurisprudencia (son alrededor de 50 libros)

Institutas: son un manual de introducción al estudio del derecho y esta obra reemplazo las institutas de Gayo y las de otros juristas.

*Codex: contiene las constituciones imperiales anteriores a Justiniano y se encuentra dividido en doce libros.

*Novellae contitutiones: contiene todas las constituciones posteriores a Justiniano

A la muerte de Justiniano, el Corpus Iuris Civilis cae, es así como a principios del siglo XI las primeras universidades del mundo  y se comienzan a estudiar esta recopilación al encontrarse algunos libros del digesto.

Irneo va a ser el primer jurista que comenzara alrededor de los años 1090 a estudiar el derecho romano, al encontrar un manuscrito del digesto en una de Pisa. De esta manera Irneo va a fundar la escuela de los glosadores y posteriormente a esta surgirán los posglosadores y por último los comentaristas.

Los glosadores realizaban anotaciones marginales alrededor del digesto, en 1227 Accursio realiza una depuración y recopilación de 96, 000 glosas en un documento llamado la gran glosa. A mediados del siglo XII surgen los posglosadores y retoman el digesto con el objetivo de comentarlo pero con el fin de aterrizarlo a la práctica, es decir, lo integran al derecho de su época.

Tiempo después de los anteriores sucesos se busca la codificación con el propósito de formular principios de un derecho común que se adapte a las necesidades y circunstancias de la época. Dentro de las corrientes más importantes encontramos la francesa y la alemana. Las diferencia que podemos encontrar entre ambas codificaciones radican en que el código francés provenía de la igualdad y utilizaba un lenguaje hecho para el pueblo a modo de que este pudiera entenderlo, en cambio el código alemán utilizaba un lenguaje sumamente técnico por lo que solo los abogados y jueces podían interpretarlo.

CÓDIGO DE NAPOLEÓN


I.- ANTECEDENTE

En 1790 la Asamblea Constituyente Acordó la creación de un Código de leyes Civiles comunes a todo el reino, redactado en forma simple y clara siguiendo el espíritu de la Constitución.El Primer proyecto se hizo durante la convención, al que siguieron otros, de carácter cada vez más moderado. Principales postulados:

· Secularización del matrimonio
· Permisibilidad del divorcio
· Eliminación de Figuras feudales, etc.

En 1800, el Cónsul NAPOLEÓN, nombró una comisión codificadora integrada por conocedores de las costumbres (coutumes) de Paris – Al Norte -: Tronchet y Brigot Preameneu y conocedores del Derecho Romano, Portales y Malleville.



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